Totolac, cabecera municipal, con un total de 8 010 habitantes, sus principales actividades se encuentran en el comercio y servicios.
Acxotla del Río con un total de 6 935 habitantes, sus principales actividades se encuentran en la industria manufacturera y construcción.
De acuerdo a lo establecido en el artículo 87 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Tlaxcala; los Ayuntamientos se compondrán de un Presidente Municipal, un Síndico y los Regidores que determine la Ley, nombrados cada tres años en elección directa calificada por el Congreso en los términos que la propia Ley prescriba.
Ayuntamiento 2014-2017
Presidente Municipal
Síndico
7 Regidores de Representación Proporcional
Para analizar y resolver los problemas del municipio y para vigilar que se ejecuten las disposiciones y acuerdos del ayuntamiento, se conforman las comisiones administrativas necesarias. Art. 37 y38 de la Ley Orgánica Municipal.
Comisiones del Ayuntamiento | Responsable |
Comisión de Hacienda. | Síndico |
Comisión de Gobernación. | Presidente Municipal |
Comisión de Educación Pública. | Primer Regidor |
Comisión de Salud Pública y Desarrollo Social | Segundo Regidor |
Comisión de Desarrollo Urbano, Obras Públicas y Ecología | Tercer Regidor |
Comisión de Desarrollo Agropecuario | Cuarto Regidor |
Comisión de Fomento Industrial, Comercial, Turístico y Artesanal | Quinto Regidor |
Comisión de Protección y Control de Patrimonio Municipal | Sexto Regidor |
Comisión de Seguridad Pública, Vialidad y Transporte. | Séptimo Regidor |
El funcionamiento del Ayuntamiento se apoya en las tareas que conforme al Artículo 9 de la Ley Orgánica Municipal, desempeñan los Presidentes Municipales Auxiliares.
Mediante la figura Político-Administrativa del Presidente Municipal Auxiliar, en las localidades de los municipios se busca la participación de la ciudadanía en la toma de decisiones y en las acciones mismas de la administración pública.
Localidad | Tipo de elección |
San Juan Totolac | Voto Constitucional |
Zaragoza | Voto Constitucional |
Quiahuixtlan | Voto Constitucional |
Chimalpa | Voto Usos Y Costumbres |
Teotlalpa | Voto Constitucional |
Acxotla | Voto Constitucional |
Tepeticpa | Voto Usos Y Costumbres |
Tlamahuco | Voto Constitucional |
Ocotelulco | Voto Constitucional |
Distrito electoral federal.- De conformidad con la distritación federal electoral elaborada por el Instituto Federal Electoral (IFE), Tlaxcala cuenta a partir de los comicios de 1997 con un distrito adicional. Así, se establecen 3 distritos electorales federales. En la nueva distribución, el municipio de Totolac se incorpora al distrito electoral federal II, mismo que se integra con 18 municipios.